Oposición Geografía e Historia. Prácticas Historia.- Textos de los temas:
Tema 26: Orígenes y desarrollo del feudalismo. La economía señorial. Debate historiográfico.
Tema 31: Los reinos peninsulares en los siglos XIV y XV. Conflictos sociales. Diversidad cultural.
CARTA DE IMNUNIDAD, 1049
Yo, el ya citado rey Fernando (Fernando
I)y la reina Sancha: nos place y es nuestra voluntad que para remedio de
nuestras almas hagamos a este santo lugar y a ti, el abad Pedro, y a todos los
clérigos y consagrados a Dios que allí están, una escritura de confirmación, de
modo que en toda la tierra que en las escrituras de este monasterio están
recogidas, tanto villas como mandaciones, diligentísimamente con nuestra mente
ordenamos de modo que al que hiciere homicidio o rapto o no fuere alfonsado, no
tenga licencia nuestro vicario para inquietarlos, ni el conde ni el tiufado, ni
ningún hombre en ningún tiempo tomarles pago por ello; sino que tanto el
homicidio como el rapto o la fonsadera o cualquier caloña que allí se
produjere, corra por mano del vicario de este monasterio, y sean concedidas por
nuestras almas. Y en toda la tierra de San Torcuato hagan lo mismo. Y sean los
términos del monasterio, desde Ave a Avicella, tal como vuestros escritos determinan.
Cuyos términos ningún hombre se atreva a tras asarlos para hacer mal, ni el
vicario del rey ni de otro por ninguna acción. ir si alguno lo hiciere y
transgrediere esos términos, pague el mal que hiciere conforme a la sentencia
de la ley y además un talento de oro. Y todas las villas y mandaciones que
están fuera del término y están recogidas en vuestras escrituras, decimos que
estén en tal honor, y ningún hombre se atreva a entrar allí para hacer mal; y
si lo hiciere, pague la sentencia arriba escrita.
Carta de inmunidad (a. 1049)
apud GARCÍA GALLO: ob. cit. n .O 762.
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