Para quienes me preguntan ¿para qué aprender?

"En la ignorancia del pueblo está el dominio de los príncipes; el estudio que los advierte, los amotina. Vasallos doctos, más conspiran que obedecen, más examinan al señor que le respetan; en entendiéndole, osan despreciarle; en sabiendo qué es libertad, la desean; saben juzgar si merece reinar el que reina: y aquí empiezan a reinar sobre su príncipe. [...] Pueblo idiota es la seguridad del tirano". F. Quevedo

viernes, 12 de marzo de 2021

Oposición Geografía e Historia. Prácticas Historia. Tema 26 y Teme 31: Textos.

 Oposición Geografía e Historia. Prácticas Historia.- Textos de los temas: 

Tema 26: Orígenes y desarrollo del feudalismo. La economía señorial. Debate historiográfico.

Tema 31: Los reinos peninsulares en los siglos XIV y XV. Conflictos sociales. Diversidad cultural. 

CARTA DE IMNUNIDAD, 1049

Yo, el ya citado rey Fernando (Fernando I)y la reina Sancha: nos place y es nuestra voluntad que para remedio de nuestras almas hagamos a este santo lugar y a ti, el abad Pedro, y a todos los clérigos y consagrados a Dios que allí están, una escritura de confirmación, de modo que en toda la tierra que en las escrituras de este monasterio están recogidas, tanto villas como mandaciones, diligentísimamente con nuestra mente ordenamos de modo que al que hiciere homicidio o rapto o no fuere alfonsado, no tenga licencia nuestro vicario para inquietarlos, ni el conde ni el tiufado, ni ningún hombre en ningún tiempo tomarles pago por ello; sino que tanto el homicidio como el rapto o la fonsadera o cualquier caloña que allí se produjere, corra por mano del vicario de este monasterio, y sean concedidas por nuestras almas. Y en toda la tierra de San Torcuato hagan lo mismo. Y sean los términos del monasterio, desde Ave a Avicella, tal como vuestros escritos determinan. Cuyos términos ningún hombre se atreva a tras asarlos para hacer mal, ni el vicario del rey ni de otro por ninguna acción. ir si alguno lo hiciere y transgrediere esos términos, pague el mal que hiciere conforme a la sentencia de la ley y además un talento de oro. Y todas las villas y mandaciones que están fuera del término y están recogidas en vuestras escrituras, decimos que estén en tal honor, y ningún hombre se atreva a entrar allí para hacer mal; y si lo hiciere, pague la sentencia arriba escrita.

Carta de inmunidad (a. 1049) apud GARCÍA GALLO: ob. cit. n .O 762.

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