TEXTOS SOBRE LAS RENTAS Y SERVICIOS FEUDALES A LA IGLESIA. Tema 26 oposición Geografía e Historia.
TEXTO 1
Los campesinos deben entregar
al vicario en tiempo de recolección dos gavillas por cada cuarto de tierra. Y
se las darán según es de ley tal como las suelen dar como salario a los
segadores. Y lo mismo con el heno. Entregarán por cada cuarto de tierra el peso
que un hombre pueda llevar normalmente desde casa del labrador a la del vicario
sin emplear malas artimañas. Esta renta se pagará desde S. Martín hasta
comienzos del ayuno. En cuanto a la mezcla de trigo y centeno que deben abonar
los cultivadores por censo es la siguiente: dos sextarios por cuarto, tres
envinas de avena y un cuarto de cebada o mezcla de trigo y centeno. Y si no
quieren entregar la mezcla de una vez, al entregarla añadirán a la cantidad
señalada una medida colmada y no rasa; de cebada añadirán una medida colmada y
de mezcla de trigo y centeno una envina rasa. Sobre el feudo del juez, el
vicario no tiene jurisdicción ni poder de embargo; ni tampoco tiene el vicario
jurisdicción; ni el juez poder de embargo sobre el feudo del despensero, ni
sobre el del cocinero, guardabosques, pescador, recolector de censos ni sobre
los bosques señoriales.
Los hombres del territorio de
S. Pedro no se casarán con mujeres de fuera mientras puedan encontrar en el
dominio mujeres con quienes se puedan casar legalmente. Las mujeres quedarán
igualmente sujetas a esta norma. Y si el juez o el vicario hubiera quebrantado
esta ley por cualquier razón, que pague al abad o al preboste la multa que a
este respecto está indicada por la ley y que es de 60 sueldos. Y si el labrador
hubiera obrado sin consentimiento de ellos pagará según la ley, y el hombre o
la mujer volverán a su tierra, sin tratar de engañar.
Y si en dicho dominio muriera
un hombre o una mujer sin dejar ningún hijo, hija o heredero que pague el censo
a los señores, se respetará lo que haya dejado en limosna por su propia
voluntad a S. Pedro y a los sacerdotes o vicarios. Y lo que quede de sus bienes,
lo cogerán los jueces y lo guardarán celosamente hasta que se presente el
preboste. Cuando éste haya venido; los jueces presentarán lo que encontraron y
lo dividirán en tres partes. Dos partes serán para S. Pedro y ,la tercera para
los jueces y vicarios. Si deja heredero se respetará sin ninguna oposición lo
que haya dispuesto u ordenado. En cuanto a las tierras abandonadas, si un
hombre las ha cultivado, el juez recibirá lo que produzcan y si quisiera pagar
el censo a los vicarios, estos lo recibirán y si no quisiera pagar el censo le
dará la tercera parte de lo que la tierra produzca y otras dos partes a S.
Pedro.
apud IMBERT: ob. cit. lI, 49‑51.
[La abadía] posee en P. una
mansión señorial con una casa y otras construcciones agrícolas en número suficiente.
[En este manso] posee seis campos cultivados de tierra arable de una superficie
de 287 bunnaria donde pueden sembrarse 1.300 modios de trigo, y 127 fanegas de
vid en que pueden recogerse 800 modios de vino.
Posee 100 fanegas de prados
donde pueden recogerse 150 carros de heno. Tiene también un bosque de una legua
de circunferencia total donde pueden cebarse 50 puercos. Posee tres molinos de
trigo, que proporcionan unos 154 modios de ano. Tiene una iglesia,
cuidadosamente construida, con todo su mobiliario de la que dependen 17
bunnaria de tierra arable, cinco fanegas y media de viñas y tres fanegas de
prados. Tiene también un manso ingenuo que posee cuatro bunnaria y dos
antsingas de tierra arable, una fanega y media de viñas y tres fanegas de prados.
Tiene seis arrendatarios que poseen cada uno un jornal de tierra arable y están
obligados a un día de trabajo a la semana, un pollo y cinco huevos. Posee
además otra iglesia en S. a cargo del sacerdote Warodo. De ella dependen siete
arrendatarios. Tienen de prestación un día de trabajo a la semana, pero se les
alimenta. Deben 1 pollo, cinco huevos y cuatro denarios. Y también se les exige
un caballo.
Walfredo, colono y alcalde, y
su mujer, colono, gentes de Saint Germain tienen consigo dos niños. Walfredo
posee dos mansos ingenuos, que poseen siete bunnaria de tierra arable, seis
fanegas de viña, cuatro fanegas de prado. Por cada manso paga un año un buey y
al año siguiente un puerco, cuatro denarios r derecho de madera, dos modios de
vino por el pasto y una oveja con un corro. Labra cuatro pérticas para el trigo
de invierno, dos pérticas para el de marzo. Está obligado a prestaciones de
trabajo personal de carros, de faenas, de cortar leña cuando se le mande. Tiene
obligación de pagar tres pollos y 15 huevos.
apud BOUTRUCHE: ob. cit. n .O
16.
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