“En cada Estado hay tres clases de poderes:
el legislativo, el ejecutivo de las cosas pertenecientes al derecho de gentes,
y el ejecutivo de las que pertenecen al civil.
Por el primero, el príncipe o el magistrado
hace las leyes para cierto tiempo o para siempre, y corrige o deroga las que
están hechas. Por el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe
embajadores, establece la seguridad y previene las invasiones; y por el
tercero, castiga los crímenes o decide las contiendas de los particulares. Este
último se llamará poder judicial; y el otro, simplemente, poder ejecutivo del
Estado (...).
Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo.
Así sucede también cuando el poder judicial
no está separado del poder legislativo y del ejecutivo. Estando unido al
primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería
arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al
segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor.
En el Estado en que un hombre solo, o una sola corporación de próceres, o de nobles, o del pueblo administrase los tres poderes, y tuviese la facultad de hacer las leyes, de ejecutar las resoluciones públicas y de juzgar los crímenes y contiendas de los particulares, todo se perdería enteramente.”
En el Estado en que un hombre solo, o una sola corporación de próceres, o de nobles, o del pueblo administrase los tres poderes, y tuviese la facultad de hacer las leyes, de ejecutar las resoluciones públicas y de juzgar los crímenes y contiendas de los particulares, todo se perdería enteramente.”
División de poderes según Montesquieu, autor francés muy influyente en las revoluciones ilustradas del s.XVIII
ResponderEliminarFragmento de su obra "El espíritu de las Leyes".
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